La inconstitucionalidad de las Zonas Económicas Especiales en Venezuela.
Acerca de los autores
Gustavo Bastardo es Profesor de Teoría Política de la Universidad Central de Venezuela. Licenciado en Estudios Políticos y Administrativos de la Universidad Central y Magister en Ciencias Políticas de la Universidad de los Andes, Venezuela.
Freddy Castellanos y Manuel Paredes son investigadores del Centro de Investigación de la Crisis Venezolana (CICV).
Sinopsis
El Gobierno venezolano instauró siete Zonas Económicas Especiales (ZEE) en su territorio como estrategia para ampliar sus prácticas de libre mercado, demarcando zonas geográficas que atrajeran la inversión extranjera y nacional. La creación de estas ZEE se enmarca en un contexto caracterizado por la baja de los precios del petróleo y el endeudamiento con China, de ahí que se adoptaran estos modelos en aras de brindar amplios beneficios para el país asiático. Este trabajo hace una identificación de las zonas que fueron enmarcadas en el territorio venezolano; como también una descripción de las consecuencias que trajo consigo esta estrategia al evidenciarse una violación de orden constitucional y legal venezolano en diferentes áreas.
Puntos Principales:
Venezuela asumió todos los gastos asociados a la importación y a la legalización de maquinarias y equipos para realizar las obras.
El retraso en importaciones dio lugar a una prórroga automática del plazo de ejecución por el mismo tiempo que dura el retardo.
Las empresas chinas en las ZEE pudieron subcontratar a compañías nacionales sin mayores restricciones, pagando en bolívares mientras ellas devengarían en divisa extranjera.
En las ZEE, la contratación entre las transnacionales chinas y las contratistas venezolanas no tuvieron modificación en su presupuesto, dado que las condiciones expresan: “el precio del presente contrato no puede ser modificado o ajustado”.
Las ZEE tuvieron la posibilidad de contratar personal chino para todas las áreas sin ninguna restricción.
El Decreto 1.425 – a través del cual se crean las ZEE – no estableció la posibilidad de realizar ninguna transferencia tecnológica por parte de China.
Las compañías extranjeras establecidas en las ZEE gozaron de ventajas tributarias, además de evitar la doble tributación. A su vez, no están reguladas taxativamente normas ambientales.
Las empresas chinas dispusieron de una legislación propia, sin las limitaciones que impone la ley del trabajo venezolano, flexibilizando las condiciones con relación a los contratos colectivos, el trato a sindicatos y los conflictos de carácter laboral, además de establecer a discreción el trabajo nocturno y los días feriados.
Estas ZEE son una forma inconstitucional de restarle autoridad a los entes territoriales, sobre los proyectos que se realicen en su jurisdicción.